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INICIATIVAS DE REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO 2019




NUEVO VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN

CIRCULAR 01/19

11 de enero de 2019

NUEVO VALOR DE LA
UNIDAD DE MEDIDA Y
ACTUALIZACIÓN
(UMA), APLICABLE A
PARTIR DEL 1 DE
FEBRERO DE 2019.

NUEVO VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y
ACTUALIZACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“El contenido de este documento es de carácter informativo y constituye  una  mera orientación en materia de seguro social, por lo que siempre es recomendable consultar, de manera complementaria, las disposiciones legales aplicables a los casos concretos que las empresas enfrenten.”

En atención a lo dispuesto por la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía publicó en el Diario Oficial de la Federación – en su edición del día de ayer 10 de enero – los valores diario, mensual y anual de la Unidad de Medida y Actualización, mismos que estarán vigentes a partir del 1 de febrero del presente año.

Tales valores son los siguientes:
Diario: $ 84.49
Mensual: $ 2,568.50; y
Anual: $ 30,822.00

En razón a que – por disposición constitucional – todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales y de la Ciudad de México, se entenderán referidas a la mencionada Unidad de Medida y Actualización, el IMSS desde el mes de febrero de 2017 estableció que, para el caso específico de lo que dispone el artículo 28 de la Ley de Seguro Social, las personas aseguradas se inscribirán
con el Salario Base de Cotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a 25 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y como límite inferior el salario mínimo general.

Es con base a lo anterior que, a partir del 1 de febrero de 2019, el límite superior del Salario Base de Cotización será de $ 2,112.25 diarios, que correspondería a un sueldo de $ 63,367.50 mensuales.

En cuanto al límite inferior, a partir del 1 de enero pasado es de $ 176.72 diarios para los municipios que integran la denominada Zona Libre de la Frontera Norte ; y de $ 102.68 diarios para el resto de municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad de México, de acuerdo a la Resolución del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, tomada el 17 de diciembre de 2018 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de ese mismo año.

Con fines referenciales, es de mencionar que el incremento porcentual de los valores de la UMA, en relación a los del 2018, fue apenas de 4.83 %, lo que
contrasta notablemente con el incremento autorizado para el Salario Mínimo General (SMG) para este año, el cual pasó de $ 88.36 diarios en 2018, a $ 176.72 diarios, para 2019 (incremento del 100 %) en la Zona Libre de la Frontera Norte del país.; mientras que para el resto del territorio nacional, el incremento del SMG fue de 16.21 %, al pasar de $ 88.36 a $ 102.68 diarios.

Finalmente, es de lamentar que a casi tres años de la creación de la UMA, el IMSS no ha dado la difusión debida de los criterios de aplicación de la referida UMA, en sustitución del salario mínimo, en otras disposiciones contempladas en la Ley del Seguro Social referidas a diversos aspectos, tales como: los límites de cotización en el esquema de contribución del Seguro de Enfermedades y Maternidad; los límites para la definición de la Cuota Social a cargo del Estado
en el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada; la cuantía de la Pensión Garantizada en el mismo Seguro; los límites de los recursos de las Cuentas Individuales que pueden retirar los trabajadores en caso de  desempleo; los importes de las Ayudas para Gastos de Matrimonio y de Funeral y las sanciones correspondientes a las infractores de las obligaciones que establece la propia Ley a los diferentes sujetos obligados.

Independientemente de la adecuada difusión de tales criterios administrativos, reiteramos nuestra convicción de que tales criterios de sustitución de las referencias al salario mínimo por el valor de la UMA deben contemplarse, mediante las reformas legales procedentes, en el texto de la propia Ley del Seguro Social, a fin de dar certeza jurídica a todos los sujetos obligados.

Cualquier duda o solicitud de ampliación sobre el contenido de la presente Circular o de los Acuerdos en ella comentados, podrá dirigirse a nuestra dirección electrónica: cass@cass-abogados.com, o bien a nuestras líneas telefónicas.

Saludos
Lic. Javier Patiño Rodríguez
Socio Director

Consultores y Abogados en Seguridad Social, S.C. Juan Tinoco No. 33, Col. Merced Gómez.
Del. Benito Juárez, Ciudad de México  C.P. 03930
Tel. 5664.4846 / 5664.4697 / 5664.0750 / 5651.4175     cass@cass-abogados.com    www.cass-abogados.com

 




Getting the Deal Through – Market Intelligence M&A 2018

El Lic. Rafael Sámano, Socio Director de Sámano Abogados, S.C., colaboró en el reporte de Getting the Deal Through – Market Intelligence M&A 2018, publicado en el pasado mes de diciembre.

“M&A activity in Mexico has enjoyed a good run in recent years, although levels in terms of principal investment and number of deals remain low when compared to Brazil, which continues to lead the region, and only slightly above Chile…”

Fuente: https://gettingthedealthrough.com/intelligence/179/article/6496/m-a-mexico